Proponen desde el Congreso del Estado regular exceso de ruido en municipios

La diputada Karla Rodríguez Palacios presentó un Punto de Acuerdo para exhortar a los 217 ayuntamientos del estado a que, en caso de no tenerlo, incluyan en sus leyes la reglamentación para controlar los niveles máximos de ruido de acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas, además de aplicar las sanciones correspondientes.

La propuesta ingresó a través de la Comisión Permanente y fue turnada a la Comisión de Asuntos Municipales.

De igual forma, se turnó a la Comisión de Salud la iniciativa que presentó la diputada Nancy Jiménez Morales, con el objetivo de reformar la fracción II del artículo 142 de la Ley Estatal de Salud para establecer que el Gobierno del Estado, en coordinación con las autoridades sanitarias federales, realizará actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las enfermedades o infecciones transmisibles causadas, entre otras, por el virus SARS-CoV-2 (Covid-19) en todas sus variantes.

La legislación actual solo refiere que el gobierno estatal está obligado a realizar actividades de vigilancia epidemiológica en caso de influenza epidémica y otras infecciones, por lo que a través de esta iniciativa se pretende incluir al virus SARS-CoV-2 y todas sus variantes.

De igual forma, la Mesa Directiva dio cuenta de la iniciativa que presentó el diputado, Eduardo Castillo López, para reformar la Ley del Primer Empleo del Estado de Puebla, así como del Punto de Acuerdo del diputado Carlos Evangelista Aniceto para exhortar a la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) a que informe sobre el estado procesal que guarda la acción penal relacionada al acto de odio ocurrido el pasado uno de enero, en el que, el cuerpo de un hombre de 61 años, de la comunidad LGBTTTIQ, fue hallado con signos de violencia, al interior de su domicilio.

Finalmente, la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Educación la iniciativa que presentó la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia para reformar la Ley de Educación del Estado de Puebla, con la finalidad de establecer como infracción de quienes prestan servicios educativos, entre otros, el promover, fomentar, realizar, tolerar o no denunciar actos, de los que tengan conocimiento, de acoso u hostigamiento sexual, acoso escolar y cualquier
otro tipo de violencia.

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