Staff Controversia Puebla
El Instituto Electoral del Estado dio cumplimiento a dos sentencias emitidas por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuarta circunscripción, que recayeron respectivamente al expediente identificado como SDF-JRC-179/2013, así como al expediente SDF-JRC-161/2013 y su acumulado SDF-JRC-166/2013.
De esta manera, en relación al expediente SDF-JRC-179/2013, una vez realizado el análisis de dicha resolución y toda vez que se verificó el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad; el Consejo General del IEE ordenó: a) Expedir constancia de mayoría a la planilla postulada por la Coalición 5 de Mayo para el municipio de Amixtlán, facultando al Consejero Presidente y al Secretario Ejecutivo para expedir la constancia correspondiente; b) Asignar regidurías por el principio de representación proporcional, una vez que se declaró la elegibilidad de los candidatos postulados por la Coalición Puebla Unida; mismos que resultaron beneficiados por el ejercicio de asignación efectuado, facultando al Consejero Presidente y al Secretario Ejecutivo para expedir las constancias de asignación correspondientes; y c) Informar mediante oficio a la Sala Regional sobre la determinación adoptada.
Respecto al expediente SDF-JRC-161/2013 y su acumulado SDF-JRC-166/2013, una vez realizado el análisis de dicha resolución y toda vez que se verificó el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad; el Consejo General del IEE ordenó: a) Expedir constancia de mayoría a la planilla postulada por Movimiento Ciudadano para el municipio de Cuyoaco, facultando al Consejero Presidente y al Secretario Ejecutivo para expedir la constancia correspondiente; y b) Informar mediante oficio a la Sala Regional sobre la determinación adoptada.