Exonera el Tribunal Electoral a Dinorah López y a Blanca Alcalá

El Tribunal Electoral del Estado (TEEP) exoneró de manera unánime a la ex presidenta del Sistema Municipal DIF, Dinorah López Gargallo, por la promoción extra territorial de su informe, así como a Blanca Alcalá Ruiz de presuntos actos anticipados de campaña.

Durante la sesión del pleno del órgano electoral, los tres magistrados consideraron que no existen elementos que fundamenten las acusaciones en contra de las dos personas y desecharon las quejas.

El magistrado presidente del Tribunal Electoral, Adrián Rodríguez Perdomo en la cuenta TEEP-AE-002/2016 interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional en contra de la ex presidenta del Sistema DIF en la capital indicó que las pruebas que se presentaron no acreditan que se haya dado la violación a la norma.

En la cuenta del proceso se indica que en las imágenes nunca se demuestra que la promoción del informe de labores se haya hecho fuera del municipio.

El magistrado desechó la denuncia al insistir que no hay elementos que comprueben el hecho denunciado.

Asimismo en la sesión se resolvieron dos recursos interpuestos por el Partido Acción Nacional en contra de la candidata al gobierno del estado, Blanca Alcalá Ruiz.

En el primer caso con el expediente TEEP-AE-005/2016 presentado por el presidente del Partido Acción Nacional, Jesús Giles Carmona, se refiere a una reunión de la secretaría de Desarrollo Agrícola Territorial y Urbano (Sedatu) donde presuntamente se promovió la imagen de Blanca Alcalá.

El magistrado señaló que las pruebas que presentó la parte acusadora solo fueron recortes de periódicos y una publicación digital, sin que se precise la fecha de la reunión.

Asimismo se indica que en ningún momento se hace referencia a inducir el voto, o el llamado a votar, solo se habla de una reunión de trabajo.

La denuncia fue rechazada con el voto de los tres magistrados.

La segunda denuncia en contra de Blanca Alcalá Ruiz fue por un evento con motivo del Día Internacional de la mujer, el expediente TEEP-AE-006/2016 a cargo del magistrado Jorge Sánchez Morales, refiere que fue Oscar Pérez Córdova quien presentó la denuncia.

Sánchez Morales indicó que la reunión si existió pero nunca se habla de la promoción de la imagen o del llamado al voto, por lo tanto se declara improcedente.

Fuente: Intolerancia Diario

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