Aprueba Comisión del Congreso nueva Ley de Arbolado y Áreas Verdes Urbanas

 

– Avalan reformas a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial

En sesión de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático del Congreso se aprobó la nueva Ley de Arbolado y Áreas Verdes Urbanas del Estado de Puebla, que tiene como objetivo incidir en el desarrollo, conservación, mantenimiento, preservación y fomento de áreas verdes en zonas urbanas y suburbanas, destacó el presidente del órgano colegiado, Jaime Natale Uranga.

El ordenamiento está integrado por 53 artículos, en los que se indican las disposiciones generales; las competencias de las autoridades para la aplicación, vigilancia y cumplimiento de esta Ley; el manejo y gestión de árboles y áreas verdes; el fomento a la cultura y educación ciudadana; la regulación del proceso administrativo; así como las sanciones e infracciones por realizar poda, derribo y trasplante sin la autorización correspondiente.

Las diputadas Guadalupe Leal Rodríguez, Lidia Ocaña Madrid, Eliana Angélica Cervantes González y Laura Zapata Martínez, así como los diputados Jaime Natale Uranga y Roberto Solís Valles, se pronunciaron a favor del ordenamiento, ya que impactará en la salud, el medio ambiente y en que las futuras generaciones tengan una mejor calidad de vida.

En otro momento de la sesión, se aprobó el proyecto de dictamen por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Puebla.

La iniciativa enviada por el Ejecutivo tiene dos finalidades, la primera, es actualizar la denominación de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, así como de la Secretaría de Planeación y Finanzas, para homologarlas acorde a lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública.

El segundo objetivo es modificar los artículos 33 y 56 del ordenamiento para que el plazo para cumplir con requerimientos de información sea en días hábiles y no en días naturales, como actualmente se encuentra en la legislación.

C-1509

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