Ciudad de México • La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adiciona un artículo 97 Bis al Código Penal Federal, con el cual el titular del Ejecutivo podrá conceder, de manera excepcional, el indulto a un sentenciado cuando existan indicios de violaciones graves de sus derechos humanos.
Ayer, el presidente Enrique Peña Nieto informó que este jueves indultará a Alberto Patishtán Gómez, condenado arbitrariamente a 60 años de prisión por los delitos de lesiones, homicidio calificado, robo calificado, daños y portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército y Fuerza Aérea, tras la publicación de las reformas aprobadas por el Congreso de la Unión.
El artículo 97 Bis establece que por sí o a petición del pleno de alguna de las cámaras del Congreso, el titular del Poder Ejecutivo federal podrá conceder el indulto, por cualquier delito del orden federal o común en el Distrito Federal.
Esto, agrega, previo dictamen del órgano ejecutor de la sanción en el que se demuestre que el sentenciado no representa un peligro para la tranquilidad y seguridad públicas, expresando sus razones y fundamentos, cuando existan indicios consistentes de violaciones graves a sus derechos humanos.
El ordenamiento, que entrará en vigor mañana, indica que el Ejecutivo federal deberá cerciorarse de que la persona sentenciada haya agotado previamente todos los recursos legales nacionales.
Este martes, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 442 votos, la adición al Código Penal Federal que establece el indulto presidencial a sentenciados por delitos del orden federal.
El proyecto fue avalado previamente por el Senado y ratificado ayer por los diputados federales.