– El Pleno del Congreso también aprobó el análisis de 50 Informes Individuales del Ejercicio 2021
El Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad de votos el dictamen para derogar la fracción XI del artículo 18 de la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, con la finalidad de eliminar el requisito para ser persona titular de la rectoría de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), en lo relativo a no haber sido condenado por la comisión de delito doloso.
Con estas reformas a la Ley se pretende que el nombramiento de rector o rectora se dé en condiciones de igualdad, no discriminación y se cumpla el derecho a ocupar un cargo público.
Asimismo, las y los diputados avalaron el dictamen que presentó la Comisión de Control, Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado de la LXI Legislatura, correspondiente al análisis de 50 Informes Individuales del Ejercicio 2021, de las siguientes entidades fiscalizadas:
No | Ente Fiscalizado |
1 | Acatlán |
2 | Chalchicomula de Sesma |
3 | Chiconcuautla |
4 | Chignautla |
5 | Chilchotla |
6 | Comisión Estatal de Agua y Saneamiento de Puebla |
7 | Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública |
8 | Convenciones y Parques |
9 | Cuautlancingo |
10 | Fiscalía General del Estado de Puebla |
11 | Guadalupe Victoria |
12 | Huauchinango |
13 | Instituto de Educación Digital del Estado de Puebla |
14 | Instituto de la Discapacidad del Estado de Puebla |
15 | Instituto Poblano del Deporte |
16 | Instituto Tecnológico Superior de Huauchinango |
17 | Instituto Tecnológico Superior de San Martín Texmelucan |
18 | Ixtepec |
19 | Izúcar de Matamoros |
20 | Lafragua |
21 | Mazapiltepec de Juárez |
22 | Museos de Puebla |
23 | Nicolás Bravo |
24 | Nopalucan |
25 | Piaxtla |
26 | San Felipe Teotlalcingo |
27 | San Gabriel Chilac |
28 | San Juan Atenco |
29 | San Martín Texmelucan |
30 | San Pedro Cholula |
31 | Sistema Estatal de Telecomunicaciones |
32 | Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Acatlán |
33 | Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Puebla |
34 | Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Teziutlán, Puebla |
35 | Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tlachichuca |
36 | Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tlatlauquitepec |
37 | Tecali de Herrera |
38 | Tecamachalco |
39 | Tecomatlán |
40 | Tepanco de López |
41 | Tlachichuca |
42 | Tlacotepec de Benito Juárez |
43 | Tochtepec |
44 | Tribunal Electoral del Estado |
45 | Universidad de la Salud |
46 | Universidad Tecnológica de Huejotzingo |
47 | Universidad Tecnológica de Oriental |
48 | Universidad Tecnológica de Tehuacán |
49 | Xicotepec |
50 | Xochitlán de Vicente Suárez |
En más del orden del día, el Congreso del Estado aprobó el acuerdo para exhortar a la persona titular de la delegación del Registro Agrario Nacional en Puebla, a que se intensifiquen las jornadas públicas e itinerantes para acercar los trámites que brinda el Registro en cada una de las regiones de la entidad, así como verificar el proceso de otorgamiento de citas en la delegación Puebla.
Por otra parte, la diputada Azucena Rosas Tapia presentó una iniciativa para reformar el artículo 1 de la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla, con el objetivo de normar las medidas y acciones que contribuyan al desarrollo integral de las personas jóvenes, garantizando el respeto de sus derechos fundamentales, con perspectiva de juventud.
La legisladora consideró que el tener perspectiva de juventud permite identificar, desarrollar y fomentar mecanismos que garanticen el bienestar de las personas jóvenes, por lo que se propone una reforma a la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla.
La iniciativa fue enviada a la Comisión de Juventud y Deporte, para su estudio y resolución correspondiente.
Finalmente, la Mesa Directiva dio cuenta de la iniciativa de la diputada Azucena Rosas Tapia para reformar la Ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas del Estado de Puebla, con el propósito de actualizar en el ordenamiento legal el nombre de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, que contribuya a disipar las dudas que pudieran generarse al respecto.
La iniciativa, que propone reformar la fracción LVII del artículo 3 de la Ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas del Estado Libre y Soberano de Puebla, fue turnada a la Comisión de Desarrollo Urbano para su análisis y dictaminación procedente.
C- 1077